Micelio
Auto24 de julio de 1996

A- de 1996

Ponente Jorge Arango Mejía

Demandante Personeria Municipal-Blanca Nubia Ortiz Ramirez·Demandado Secretaria Educacion Dptal Norte Santander

Tema · dato duro
Facultad De Los Personeros Para Presentar Tutela.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Personero Municipal
  • Presentación de tutela
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se revocó el auto proferido por el Juzgado de la referencia que declaró la nulidad de la admisión de tutela solicitada por la Personera Municipal, toda vez que tiene las facultades para iniciar acción de tutela a nombre de cualquier persona que lo solicite o se encuentre en estado de indefensión, cumpliendo con el mandato contenido en el Art. 49 del Decreto 2591 de 1991.

En consecuencia, la Corte ordenó devolver el expediente al mencionado Juzgado para que se pronuncie sobre el proceso, conforme a lo expuesto en esta providencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. R E S U E L V E :
  2. Primero. REVOCAR el auto de marzo cuatro (4) de mil novecientos noventa y seis (1996) proferido por el Juzgado Promiscuo Municipal de Cucutilla Norte de Santander, que declaró la nulidad de la admisión de tutela solicitada por la señora Blanca Nubia Ortiz Ramírez, Personera Municipal de Cucutilla, por las razones expuestas en este auto.
  3. Segundo. ORDENAR que por la Secretaría General de la Corte Constitucional, se devuelva el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Cucutilla, para que se pronuncie sobre el proceso, conforme a lo expuesto en esta providencia.
  4. Tercero. COMUNICAR a través de la Secretaría General de la Corte Constitucional el contenido de este auto al Juzgado Promiscuo Municipal de Cucutilla, Norte de Santander y a la peticionaria de la presente tutela.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.